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    Legalidad de la simultaneidad de la sanción disciplinaria y penal desde el principio non bis in idem y el debido proceso

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    Artículo de investigaciónA pesar de las similitudes existentes entre el derecho disciplinario y el penal se consideran autónomos e independientes, principalmente por los bienes objeto de protección de cada una de estas ramas. Bajo este sentido, se buscará fundar la no violación a los principios fundamentales como lo son el non bis in ídem y el debido proceso, en una investigación penal y una disciplinaria por los mismos hechos.PregradoAbogad

    El principio de Non Bis in ídem en el derecho disciplinario Abogadil colombiano

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    El Estado posee poder sancionador que comprende cinco especies, entre las que se encuentra el derecho disciplinario mediante el cual regula las relaciones con quienes tienen con él una sujeción especial como funcionarios y particulares que le colaboran en la consecución de sus fines, entre ellos, los abogados. El disciplinamiento de estos profesionales en Colombia se encuentra asignado a un órgano judicial que debe adelantar la actuación con sujeción al debido proceso y en consecuencia respetando el principio “non bis in ídem”, en virtud del cual los abogados cuya situación haya sido resuelta mediante sentencia ejecutoriada o decisión que tenga la misma fuerza vinculante proferida por autoridad competente, no podrán ser sometidos a una nueva investigación y juzgamiento por el mismo hecho aun cuando se le dé una denominación jurídica distinta. No obstante, dada la falta de concreción legal sobre la materia se cae en una zona de penumbra que puede estar produciendo en algunos casos una inaceptable reiteración del ius puniendi estatal

    La garantía constitucional de non bis in ídem en el derecho disciplinario en Colombia

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    En el Derecho disciplinario actual se presenta la representación más clara del efecto difuminante que, con la modernidad, han ido sufriendo las fronteras que separan las ramas del poder público en la estructura del Estado Social de Derecho, cuyo poder objetivo de ejercer control social a través de la potestad punitiva, estaba encabezado inicialmente por la Jurisdicción Penal, sin embargo, la complejidad estructural y funcional del Estado actual, parece haber trasladado esa facultad sancionadora a las demás ramas, sumando en apariencia, bienes protegidos y en consecuencia, penas a imponer, tocando lo atinente a la garantía de Non bis in ídem. Se observa una tendencia a concebir la norma disciplinante como ejercicio del Ius Puniendi, mas, esto se desconecta del sistema de principios y garantías constitucionales, pese a que parece ser la mejor salida a la rampante crisis de corrupción e impunidad que sufre el País. No obstante, el Estado Social de Derecho, de corte legalista no admite la concurrencia de juicios, ni la desproporción punitiva, pues su basamento de garantías constitucionales a favor de los derechos individuales y comunes así lo impone. Si bien el Derecho disciplinario en Colombia ha sido el resultado de una legislación atada a dinámicas sociales y políticas que inciden sobre los fines del Estado, no es posible pretender que se interprete como un auténtico sistema punitivo capaz de afectar derechos, libertades y garantías fundamentales del Debido Proceso, a la par con la Jurisdicción Penal, pues en esencia, es una normativa reglamentaria de carácter administrativo.The current Disciplinary Law is the clearest representation of the blurring effect that, with modernity, have been suffering from the frontiers that separate the branches of public power in the structure of the Rule of Law, whose objective and positive power to exercise social control through the punitive power, is initially headed by the Judicial Branch with Criminal Law, however, the structural and functional complexity of the current State, seems to have transferred this sanctioning faculty to the other branches, adding in appearance, protected goods and consequently, penalties to impose. However, this scenario is not possible in a Social State of Law, whose essence does not admit the concurrence of trials, nor the punitive disproportion, because it is based on a system of constitutional guarantees in favor of individual and common rights. So that the disciplinary law in Colombia has been the result of legislative positivization social and political dynamics that affect the ends of the State, and yet, its tendency toward strictness, it is not possible to pretend that it is interpreted as an authentic punitive system capable of affecting rights, liberties and fundamental guarantees such as the Non bis in idem, since in essence, and from its origin, it is a regulatory regulation of the Administration, governed by the principle of legality. The tendency to conceive the disciplinary norm as an exercise of Ius Puniendi is disconnected with the system of principles and constitutional guarantees, although it seems to be the best way out of the crisis of rampant corruption and impunity that the country suffers

    La aplicación de los principios del derecho penal al derecho administrativo disciplinario

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    En este trabajo se pretende determinar si los principios del derecho penal se aplican al derecho disciplinario en el marco del empleo público nacional. Para ello, en primer lugar, analizaremos la potestad disciplinaria y la categorización del vínculo del empleado público con la Administración pública como “relación de especial sujeción”, en la medida en que con esta clasificación ocasionalmente se pretende limitar la aplicabilidad de los mencionados principios al ámbito disciplinario. Determinado ello, nos centraremos en el estudio de las distintas posturas esbozadas al respecto –negatorias, afirmativas e intermedias–, junto con el análisis de la recepción normativa de los mencionados principios. Luego, analizaremos los principios más relevantes en la materia, a saber: el derecho de defensa, el proceso adjetivo y la tutela judicial efectiva; la legalidad y, en particular, sus manifestaciones: reserva de ley, tipicidad, irretroactividad y ley penal más benigna, además de los principios de razonabilidad, proporcionalidad y el exceso de punición; non bis in idem; culpabilidad y prescripción. Así, basándonos en el análisis particular de todos y cada uno de ellos, podremos arribar a una conclusión fundada respecto a si los referidos principios son aplicables en el ámbito disciplinario y en qué medida. En tal sentido, adelantando la conclusión a la que arribaremos, entiendo que toda vez que actualmente se encuentran consagrados en la Constitución nacional, la Ley 25164 Marco de Regulación del Empleo Público Nacional y/o la Ley nacional 19549 de Procedimientos Administrativos, no cabe negar su aplicación al ámbito disciplinario, por lo que pierden sustento las posturas negatorias de todos o algunos de los referidos principios, corriéndose la discusión al alcance de su aplicabilidad, todo lo cual será examinado seguidamente

    La ordenanza municipal N° 003-02008-MPT y la vulneración al principio non bis in idem en los procedimientos administrativos sancionatorios

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    La Tesis que hemos denominado “La Ordenanza Municipal Nro. 003-2008MTP y la vulneración al principio Non bis in idem en los procedimientos administrativos sancionatorios”, está orientada a determinar de qué manera la aplicación de la Ordenanza Municipal Nro. 003-2008-MPT afecta los derechos de los administrados en el contexto de los procedimientos administrativos sancionatorios. En tal sentido, nuestro problema de investigación se formuló en los siguientes términos: ¿DE QUÉ MANERA LA APLICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nro. 003-2008-MPT, EMITIDA POR LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO, AFECTA LOS DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SANCIONATORIOS?, en virtud de lo cual planteamos los siguientes objetivos: Analizar la regulación jurídica respecto de los procedimientos administrativos sancionatorios en el Perú, Conocer los diversos enfoques doctrinarios en torno a la naturaleza jurídica de la sanción administrativa, Establecer los alcances jurídicos que sustentan y delimitan los diversos principios que regulan los procedimientos administrativos sancionatorios, con énfasis en el Principio Non bis in idem, y Examinar la Ordenanza Municipal Nro. 003-2008-MPT en función a los tipos de sanciones tipificadas. Nuestra Hipótesis de investigación se planteó de la siguiente forma: “La manera en que la aplicación de la Ordenanza Municipal Nro. 003- 2008-MPT afecta los derechos de los administrados en los Procedimientos Administrativos Sancionatorios se presenta cuando se vulnera el principio Non Bis In Idem al imponerse dos o más tipos de sanciones ante una misma infracción administrativa.The thesis that we have called ""Municipal Ordinance No. 003-2008-MTP and the violation of the non bis in idem principle in administrative sanctioning procedures"", is aimed at determining how the application of Municipal Ordinance No. 003-2008 MPT affects the rights of those administered in the context of sanctioning administrative procedures. To this end, the formulation of our research problem was expressed in the following terms: HOW WILL THE IMPLEMENTATION OF MUNICIPAL ORDINANCE NO. 003-2008-MPT ISSUED BY THE PROVINCIAL MUNICIPALITY OF TRUJILLO AFFECTS THE RIGHTS OF THE ADMINISTERED IN THE SANCIONATORY ADMINISTRATIVE PROCEDURES ?, by virtue of which we propose the following operational objectives: Analyze the legal regulation regarding sanctioning administrative procedures in Peru; To know the diverse doctrinal approaches on the legal nature of the administrative sanction; Establish the legal scope that underlies and delimits the various principles governing sanctioning administrative procedures, with emphasis on the Principle Non bis in idem; And Examine Municipal Ordinance No. 003-2008-MPT according to the types of sanctions typified. The approach of our Research Hypothesis was as follows: ""The manner in which the application of Municipal Ordinance No. 003-2008-MPT affects the rights of those administered in Sanctioning Administrative Procedures is presented when the principle is violated Non Bis In Idem by imposing two or more types of sanctions on the same administrative infraction "".Tesi

    El Proceso Disciplinario en Colombia: la aplicación del fenómeno de imprescriptibilidad por vulneración de Derechos Humanos a partir del 2019

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    Artículo de InvestigaciónLa prescripción es un modo de extinguir las obligaciones siempre y cuando se cumpla el término para que opere la misma; sin embargo, si se encuentra involucrada la vulneración de derechos humanos, el ente juzgador podrá utilizar el fenómeno de imprescriptibilidad de la acción disciplinaria, el cual se ha basado en tratados internacionales de carácter penal, sin tener en cuenta que el derecho disciplinario es regulado por normas diferentes a las penales. Así las cosas, encontramos que no es viable que opere dicho fenómeno toda vez que se vulnera el debido proceso del cual se habla en la Constitución Política de Colombia de 1991.INTRODUCCIÓN 1. PROCESO DISCIPLINARIO. 2. LA PRESCRIPCIÓN. 3. IMPRESCRIPTIBILIDAD DE LA ACCIÓN DISCIPLINARIA POR VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS. 4. COMPARACIÓN DEL DERECHO DISCIPLINARIO Y EL DERECHO PENAL FRENTE A LA IMPRESCRIPTIBILIDAD DE LA ACCIÓN DISCIPLINARIA. 5. CONCLUSIONES. 6. REFERENCIASPregradoAbogad

    Análisis de constitucionalidad de la facultad de la Contraloría General de la República para sancionar por responsabilidad administrativa funcional y su relación con el principio del "Ne bis in idem"

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    En el ordenamiento constitucional peruano, la Contraloría General de la República es un organismo constitucional autónomo y órgano superior del Sistema Nacional de Control, encargado de la supervisión de la legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control (artículo 82º de la Constitución Política del Perú). Por su naturaleza institucional la Contraloría General corresponde a la figura de una Entidad Fiscalizadora Superior, definida como el organismo público que, con independencia de su designación, constitución u organización, ejerce en virtud de su competencia jurídica, la más importante función de auditoría pública en el Estado1 No obstante la existencia de este marco institucional, la Contraloría General de la República consideró, en su oportunidad, que las facultades con las que contaba para el y rectoría del control gubernamentalTesi

    Delitos de lesiones y el principio de non bis in idem en el fuero militar policialvraem,2022

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    La investigación titulada los Delitos de Lesiones y El principio de Non Bis In Idem en el Fuero Militar Policial-VRAEM,2022, tuvo como objetivo analizar de qué manera los procesos que se aperturan al personal militar-policial por delito de lesiones vulnerara el principio de Non Bis In Ídem en el Fuero Militar Policial-VRAEM, 2022. La metodología se ha desarrollado bajo el enfoque cualitativo, tipo básico, diseño de teoría fundamentada, nivel descriptivo, métodos interpretativo, analítico, descriptivo e inductivo, se consideró la técnica de la entrevista y análisis documental siendo los instrumentos aplicados las guías, entre los documentos analizados y revisados. Como principal resultado que la tipificación siempre lleva, a que exista una buena regulación para evitar vulneración de debido proceso, siendo la conclusión el Estado sigue un debido procedimiento sobre los procesos que se aperturan al personal militar-policial por delito de lesiones vulneran el principio de Non Bis In Ídem en el Fuero Militar Policial-VRAEM expresando del principio general de inadmisibilidad de la misma infracción dos veces, toda vez que se apertura tres procesos por el mismo hecho ante tres instancias: el Fuero Militar-Policial, el Fuero Común y la Inspectoría General de cada institución armada y policial, con esto transgrediendo el principio de NON BIS IN IDEM

    El Ne Bis In Idem en la conducción bajo los efectos del alcohol por parte de los miembros de la PNP

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    El trabajo de investigación titulada El NE BIS IN IDEM en la conducción en estado de ebriedad, por parte de los miembros de la Policía Nacional del Perú (en adelante PNP), tiene como finalidad analizar desde los parámetros del principio del NE BIS IN IDEM en los transcursos que se inicia a los efectivos policiales que vuelven en conducir un vehículo en estado de ebriedad. Naciendo así la interrogante de que los efectivos policiales que conducen en estado etílico son inculpados por el mismo hecho hasta en tres instancias distintas: El Fuero Civil, El Fuero Militar, y entes Administrativos, lesionando así el principio del NE BIS IN IDEM. Para demostrar ello se hizo una investigación de enfoque cualitativo, de tipo de teoría fundamentada, se ha realizado la técnica de recolección de datos de la entrevista y del análisis de la fuente documental, exclusivamente de resoluciones del Tribunal Constitucional, y diversas sentencias dictadas contra los miembros de la PNP. Las cuales se han respaldado en entrevistas a expertos en la materia como abogados especialistas en derecho administrativo sancionador. Desde esta investigación se indaga además de plantear un debate académico, jurídico a fin de que los profesionales del derecho y ciencias políticas: Ministerio Publico, Ministerio del Interior, Fuero Militar Policial analicen el impacto socio jurídico que genera el indagar, procesar y sancionar a un efectivo policial en sedes e instancias distintas por el mismo hecho; No obstante, toda persona es igual ante la ley, y debe respetarse toda garantía y derecho de todo ciudadano ante cualquier representante del Estado que administre justicia, ya que nuestra conclusión demuestra que existen diferentes vulneración y restricciones a derechos fundamentales de los integrantes de la PNP, al momento de ser detenidos o intervenidos conduciendo un vehículo motorizado bajo los efectos del alcohol

    La aplicación práctica del principio de investigación integral en materia disciplinaria

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    Trabajo de investigaciónConforme a la normatividad que regula el proceso disciplinario en Colombia, y de acuerdo con los diversos pronunciamientos de las Altas Cortes del país, se hace alusión a la importancia que adquiere el Principio de Investigación Integral, ya que en este prima la búsqueda de la verdad real y material de los hechos objeto de investigación.INTRODUCCIÓN 1. Sistemas procesales 2. Sistema procesal inquisitivo en materia disciplinaria. 3. Principio de investigación integral conforme la Ley 734 de 2002. 4. Aplicación práctica del principio de investigación integral materia disciplinaria. 5. ConclusionesPregradoAbogad
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